miércoles, 4 de junio de 2008

Explotación porcina de 2.600 plazas de recría de futuras reproductoras en Molpeceres

He aquí el texto original en el BOCyL

La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, y en los Arts. 14, 49 y 51 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, acuerda someter al trámite de información pública la solicitud de autorización ambiental del expediente que a continuación se indica:

Proyecto: Explotación porcina de 2.600 plazas de recría de futuras reproductoras.

Promotor: GANADOS FOMPEDRAZA , S.L.

Emplazamiento: Parcelas 12 y 13 del Polígono B del Plano de concentración parcelaria de Molpeceres, del término municipal de Torre de Peñafiel.

Instalaciones: 2 naves de alojamiento de cerdos (2.880 m2 en total) e instalaciones accesorias (foso de purines, vado sanitario, oficina-vestuario, silos, depósitos de agua y cercado).

Este proyecto se encuentra incluido en el Anexo 1.9.3 de la Ley 16/2002, de 1 de junio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación. Lo que se hace público, haciendo constar que durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», el expediente podrá ser examinado en el Servicio Territorial de Medio Ambiente, sito en C/ Duque la Victoria, n.º 5, 4.ª planta 47001-Valladolid, a los efectos de formular alegaciones y observaciones que se estimen oportunas.

Valladolid, 28 de enero de 2008.
El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente,
Fdo.: Fco. Javier Muñoz Jiménez

Prórroga para 2008 del convenio entre la Gerencia Regional y la Mutualidad General de Funcionarios

He aquí un extracto de la disposición de la Consejería de la Presidencia de la Junta publicada en el BOCyL el 16 de Febrero de 2008:

Al amparo de lo previsto en las cláusulas PRIMERA, CUARTA, SEXTA, SÉPTIMA (según el texto de la modificación efectuada en la prórroga para 2007) y OCTAVA del Convenio de Colaboración para el año 2002 entre la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León y MUFACE, ISFAS y MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe prorrogarse el mismo para 2008, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender.

Explotación porcina

He aquí el anuncio en el BOCyL del 29 de Febrero de 2008:

La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, y en los Arts. 14, 49 y 51 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, acuerda someter al trámite de información pública la solicitud de autorización ambiental del expediente que a continuación se indica:

Proyecto: Explotación porcina de 2.100 plazas de recría y 3.100 plazas de cebo.

Promotor: GRANJA MARTÍN BAYÓN, S.L.

Emplazamiento: Parcela 99 del Polígono 2, Paraje «El Briz», del término municipal de Fompedraza .

Instalaciones: 4 naves de alojamiento de cerdos (3.709,12 m2 en total), lazareto e instalaciones accesorias (foso de purines, vado sanitario, almacén, silos, depósitos de agua y cercado).

Este proyecto se encuentra incluido en el Anexo 1, epígrafe 9.3.c de la Ley 16/2002, de 1 de junio, de Prevención y Control Integrado de la Contaminación. De conformidad con la Orden de 29 de enero de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León por la que se declara de urgencia la tramitación de los expedientes de autorización ambiental de las actividades existentes sometidas a este régimen de acuerdo con la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León y el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común conforme al cual «cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos», se hace público durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», el expediente podrá ser examinado en el Servicio Territorial de Medio Ambiente, sito en C/ Duque la Victoria, n.º 5, 4.ª planta 47001-Valladolid, a los efectos de formular alegaciones y observaciones que se estimen oportunas.

Valladolid, 29 de febrero de 2008.
El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente,
Fdo.: Fco. Javier Muñoz Jiménez

Plan de conservación y gestión del lobo en Castilla y León

Fompedraza queda enmarcada en la Zona I. He aquí un extracto del decreto completo:

Dentro del contexto peninsular, Castilla y León es una extensa región interior ocupada secularmente por el ser humano en un poblamiento caracterizado por la débil densidad y por la irregular distribución territorial, y en el que la estructura social y productiva siempre han estado determinadas por el sector agroganadero. Todo ello ha condicionado un manejo pecuario tradicionalmente extensivo, que introdujo elementos favorecedores de la diversidad estructural y creadores de paisajes culturales de alta calidad ambiental. Generadora de empleos y de economía, la ganadería extensiva ha resultado fundamental en la gestión de los recursos y en la ordenación del territorio, contribuyendo de forma determinante a la conformación de nuestro legado natural.

Es obvio que los daños al ganado acompañan al lobo en toda su área de distribución. El problema es complejo y genera un conflicto social que no guarda proporción con la magnitud económica de los perjuicios que causa. El proceso de recolonización de comarcas en las que la especie no estaba presente desde hacía décadas y en las que las explotaciones ganaderas o no cuentan con mecanismos de defensa frente al ataque del lobo, ya que antes del retorno de la especie no eran necesarios, o en las que las propias características de las razas pecuarias o de los sistemas de manejo empleados dificultan la aplicación de métodos válidos de prevención, ha determinado altos niveles de conflictividad. Todo ello genera un ambiente de crispación que, en ocasiones, como ha ocurrido en épocas pasadas, puede desembocar en la práctica de acciones ilegales de represalia contra la especie por parte de los colectivos implicados y poniendo incluso en peligro la conservación de la misma. Asimismo, estas acciones pueden afectar, indirectamente, a especies amenazadas que cohabitan con el lobo y cuyas respectivas gestiones se solapan. La finalidad del Plan de conservación y gestión del lobo en Castilla y León es la de mantener una población de lobo estable, contribuir a la viabilidad de la población ibérica en su conjunto, garantizar su adecuada gestión y compatibilizar su existencia con la de la ganadería extensiva y con la viabilidad económica de las explotaciones agropecuarias, así como favorecer su puesta en valor para convertirla en un elemento que fomente el desarrollo rural en su ámbito de distribución.

Para cumplir la finalidad del Plan se plantean los siguientes objetivos de desarrollo:

a) Minimizar los efectos negativos que la especie pueda originar sobre el ganado, aumentando la tolerancia a su presencia y previniendo las acciones hostiles y vengativas que pudieran generarse contra ella y que, además, pueden deteriorar el estado de conservación de otras especies.

b) Mantener la población, al menos, en los niveles reflejados en el último censo regional realizado en el año 2001, facilitando su expansión natural hacia aquellas áreas donde sea ecológica y socialmente aceptable, especialmente hacia el sur.

c) Ordenar adecuadamente el aprovechamiento cinegético de la especie en toda la Comunidad Autónoma.

d) Fomentar al lobo y a su imagen como un recurso socioeconómico que favorezca el desarrollo rural.

e) Auspiciar la investigación científica sobre la biología, ecología y comportamiento del lobo y divulgar al público en general todos estos conocimientos.

Más árboles

La reforestación del pueblo continúa. Este año también se ha plantado árboles gracias a la iniciativa del Ayuntamiento. Larga vida a los árboles y gracias a todos los que participaron y colaboraron otro año más.