jueves, 31 de mayo de 2007
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Agustín García Benito: agustingb@educastur.princast.es
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lunes, 28 de mayo de 2007
Normas urbanísticas municipales de Fompedraza (bocyl, Mayo 2006)
ACUERDO de 30 de marzo de 2006, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid, por el que se aprueba definitivamente las Normas Urbanísticas Municipales de Fompedraza. Expte.: CTU 78/03.
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero.– El término municipal de Fompedraza no tiene planeamiento urbanístico municipal alguno, siendo de aplicación supletoria las Nor-mas Subsidiarias de Planeamiento Municipal con ámbito provincial de Valladolid. Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 14 de mayo de 2003, fueron aprobadas inicialmente las Normas Urbanísticas Municipales.
Segundo.– Se ha dado cumplimiento al preceptivo trámite de información pública mediante la inserción de sendos anuncios en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de fecha 2 de junio de 2003, en el de la Provincia de 29 de mayo de 2003 y en el diario El Norte de Castilla de 26 de mayo de ese mismo año, durante el cual sí se presentaron alegaciones.
Tercero.– A su vez, y de conformidad con el Art. 52.4 de la LUCyL, constan en el expediente los informes exigidos por la legislación sectorial del Estado (Subdelegación de Gobierno de 23 de junio de 2003) y de la Comunidad Autónoma (Carreteras Autonómicas de 24 de enero de 2005, Servicio Territorial de Cultura de 24 de noviembre de 2003, Servicio Territorial de Medio Ambiente de 4 de agosto de 2004), informe de la Diputación Provincial de 31 de marzo de 2005 y de esta CTU, emitido en sesión celebrada el 3 de julio de 2003.
Cuarto.– Consta con registro de salida de estas dependencias de 18 de junio de 2004, un requerimiento de documentación a fin de completar el expediente para el análisis y posterior resolución por el órgano competente para ello.
Quinto.– Con fecha 5 de mayo de 2004, por el Pleno del Ayuntamiento se procedió a la aprobación provisional de las Normas Urbanísticas Municipales.
Sexto.– En sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2004, la CTU de Valladolid acordó suspender la aprobación definitiva del presente expediente con las prescripciones indicadas en el mismo.
Séptimo.– Asimismo, en sesión celebrada el día 30 de marzo de 2005, la CTU de Valladolid acordó suspender la aprobación definitiva del presente expediente con las siguientes prescripciones:
1.º– Falta por cumplimentar el informe correspondiente a Medio Ambiente, ya que no se fija la continuidad del trazado de las vías pecuarias en el suelo urbano, ni es fácil seguir el trazado de las mismas con la anchura de protección fijadas en el informe emitido por dicho organismo, debiendo de corregirse estas deficiencias y remitir a Medio Ambiente la documentación rectificada para que emita informe favorable de los trazados y protecciones, debiendo de figurar las mismas, como suelo rústico de protección natural de acuerdo con el Art. 37 del RUCYL, así como hacer referencia en ordenanzas al cumplimiento de la Legislación de Vías Pecuarias Ley 3/1995 de 23 de marzo.
2.º– Se deberá denominar las carreteras con su sigla correspondiente.
3.º– Se deberá remitir un ejemplar más diligenciado en todas sus hojas, así como diligenciar los dos expedientes remitidos a esta Administración. Octavo.– Mediante escrito de su Alcalde-Presidente de fecha 21 de diciembre, con registro de entrada en las Dependencias de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León del día 26 de diciembre, ambos del 2005, fue remitida la documentación relativa a este expediente, a los efectos de resolver sobre su aprobación definitiva. Esta documentación fue complementada con otro escrito de 24 de febrero, y registro de entrada en las Dependencias de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León del día 28 de febrero, ambos del 2006, a los efectos de resolver sobre su aprobación definitiva. Noveno.– En sesión celebrada el día 24 de marzo de 2006, la Ponencia Técnica elaboró el correspondiente informe, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 412 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se regulan las Comisiones Territoriales de Urbanismo de Castilla y León.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero.– Corresponde a la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid, de acuerdo con los artículos 160.b) y 409.a), del Decreto 22/2004, de 29 de enero de 2004, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobar definitivamente las Normas Urbanísticas Municipales.
Segundo.– Examinada la documentación presentada por el Ayuntamiento de Fompedraza respecto de lo resuelto por esta Comisión en acuerdo del pasado día 30 de marzo de 2005, resultan subsanados todos los extremos reseñados, por lo que procede su aprobación definitiva.
VISTOS el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1992, la Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo y Valoraciones, la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, modificada por la Ley 10/2002, de 10 de julio, el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado mediante Decreto 22/2004, de 29 de enero, las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal con ámbito provincial de Valladolid de Fompedraza, así como la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás disposiciones de general aplicación.
Por lo expuesto y en su virtud,
LA COMISIÓN TERRITORIAL DE URBANISMO acuerda, por unanimidad, y de conformidad con la propuesta formulada por la Ponencia Técnica, APROBAR DEFINITIVAMENTE las Normas Urbanísticas Municipales de Fompedraza dentro del trámite previsto en el artículo 161 del Decreto 22/2004, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, CONDICIONANDO, no obstante, su publicación y, por tanto, su eficacia y vigencia, a que se diligencien los ejemplares presentados.
Publíquese el texto íntegro del presente acuerdo en el «Boletín Oficial de la Provincia» y en el «Boletín Oficial de Castilla y León» conforme a lo dispuesto en el artículo 175 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, que aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.
Contra este Acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 138.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y 408.4 del RUCYL.
El referido recurso podrá presentarse directamente ante la Consejería de Fomento, ubicada en la calle Rigoberto Cortejoso n.º 14 de Valladolid, o bien, ante esta Comisión Territorial de Urbanismo, sita en la calle Jesús Rivero Meneses n.º 2 (Edificio Administrativo Uso Múltiple), en cuyo caso dará traslado del mismo a la mencionada Consejería para su resolución.
Valladolid, 12 de abril de 2006.
La Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo,
Fdo.: M.ª NOELIA DÍEZ HERREZUELO
V.º B.º
El Presidente,
Fdo.: JESÚS GARCÍA GALVÁN
miércoles, 23 de mayo de 2007
Concurso fotográfico "La Fompe" 2007
BASES
ORGANIZA: Asociación Amigos de Fompedraza.
PARTICIPANTES: Cuantos lo deseen. Derechos de inscripción gratuitos.
MODALIDADES: Modalidad única.
TEMA: Fompedraza desde tu punto de vista. El jurado valorará fundamentalmente dos aspectos, además de la calidad fotográfica: La originalidad del encuadre. La intencionalidad y expresividad de la imagen. Aclaración: Se trata de una edición abierta a cualquier motivo (paisaje, paisanaje, trabajos, flora y fauna, etc.), y no sólo a vistas del pueblo.
PRESENTACIÓN
OBRAS: El número de obras por autor será de un máximo de dos. No se admitirán dos autores para una fotografía. No se admitirán fotografías que supongan fotomontaje o cualquier otro tipo de manipulación sobre el original ni aquellas que hayan sido presentadas a otro concurso. Las fotografías deberán estar montadas sobre cartón rígido. En el dorso de cada obra deberá figurar un lema identificativo. Se indicará claramente con una flecha la posición de la fotografía (vertical u horizontal). Las fotografías se acompañarán de un sobre cerrado en cuyo exterior figure solamente el lema, en el interior una nota con nombre y apellidos, dirección y teléfono del autor.
TAMAÑO: Lado mayor 30 cms Lado menor 18 cms.
PLAZO DE ADMISIÓN: Finalizará el día 15 de Julio de 2007.
ENVÍOS: Las fotografías se podrán entregar a cualquiera de los miembros de la Junta Directiva o podrán enviarse debidamente protegidas a: Ayuntamiento de Fompedraza C/ del Rosario Nº 23 47311 Fompedraza – Valladolid.
JURADO: Se nombrará un jurado que seleccionará veinte fotografías y designará tres finalistas. La elección de la fotografía ganadora será por votación popular. Se podrá emitir un voto a favor de aquella que crean ganadora. La votación será el día 22 de agosto desde las 16 horas hasta las 20 horas. El fallo será inapelable y será dado a conocer ese mismo día.
PREMIOS: El concurso no podrá ser declarado desierto. Las obras premiadas, así como su derecho de publicación, quedarán en propiedad de la Asociación Amigos de Fompedraza. Ganador: Trofeo, estuche de vino y ½ lechazo Finalistas: Trofeo, estuche de vino y ¼ de lechazo La entrega de premios será el día 25 de agosto durante el descanso de la velada musical.
EXPOSICIÓN: Se montará una Exposición con las obras presentadas que se inaugurará el día 17 de julio y se clausurará el día 23 de agosto por la mañana, fecha en que los participantes deberán ya retirar sus obras. Si las circunstancias lo aconsejaran, se prorrogaría la exposición. El hecho de concurrir a este concurso presupone la total aceptación de estas bases, quedando facultada la organización para resolver los casos no previstos en las mismas.
DEVOLUCIÓN DE FOTOGRAFÍAS: Las fotografías serán retiradas por los participantes en un plazo no superior a tres meses desde la clausura de la Exposición. De no hacerlo, pasarán a ser propiedad de la Asociación. La Organización no se hace responsable de posibles deterioros o extravíos. Aquellos que lo deseen podrán donar sus obras a la Asociación y podrán ser vendidas para recaudar fondos.
AsoF, Fompedraza, a 28 de marzo de 2007
Aves de Fompedraza
Abejaruco común Abubilla Acentor común Agateador común Águila calzada Águila real Aguilucho cenizo Aguilucho pálido Alcaraván Alcaudón común Alcaudón real Alcotán Alimoche Alondra común. Autillo Avefría Avión común. Avutarda Azor Bisbita arbóreo Bisbita campestre Bisbita común Búho chico Búho real Buitre leonado Buitre negro Calandria común Cárabo Carbonero común Carbonero garrapinos Cernícalo vulgar Cigüeña Choca perdiz Chochín Cotacabras gris Codorniz Cogujada común Cogujada montesina Colirrojo tizón Colirrojo real Collalba gris Collalba rubia Corneja negra Cuervo Curruca capirotada Curruca carrasqueña Curruca mosquitera Curruca zarcera Escribano montesino Escribano soteño Esmerejón Estornino negro Estornino pinto | Garceta común Gaviota reidora Garza real Gavilán Golondrina común Gorrión chillón Gorrión común Gorrión molinero Grajilla Herrerillo común Jilguero Lavandera blanca Lavandera boyera Lechuza campestre Lechuza común Lúgano Milano negro Milano real Mirlo común Mito Mochuelo Mosquitero común Mosquitero ibérico Mosquitero papialbo Oropéndola Paloma bravía Paloma torcaz Papamoscas Papamoscas cerrojillo Pardillo común Perdiz roja Petirrojo Pico picapinos Pinzón vulgar Pito real Rabilargo Ratonero común Reyezuelo listado Ruiseñor común Sisón Tarabilla común Terrera común Tórtola común Trepador azul Triguero Urraca Vencejo común Verdecillo Verderón común Zarcero común Zorzal alirrojo Zorzal común Zorzal Zorzal real |
miércoles, 16 de mayo de 2007
Vida y milagros de San Bartolomé

jueves, 10 de mayo de 2007
Con este mensaje queda inaugurado el blog de la Asociación Amigos de Fompedraza (AsoF). Como podréis comprobar, no hemos hecho más que empezar así que pedimos a todos los participantes que sean pacientes y que colaboren mandándonos mensajes. Poco a poco iremos explicando cómo usar el blog aunque está diseñado para que todo el mundo pueda usarlo fácilmente